Principio de precaución

En función a la idea de que « la precaución se refiere a la prudencia en la acción », se puede definir el principio de precaución como la aplicación de una « regla de decisión política en el marco de la ausencia de certidumbres científicamente establecidas a cerca de fenómenos que conllevarían un riesgo y sus consecuencias  [1] ».
En otras palabras, el principio de precaución significa que se tomen acciones cuando haya suficientes dudas sobre el hecho de que un producto o una acción puedan generar serios e irreversibles daños para la salud y el medio ambiente. Se refiere a « los riesgos hipotéticos, aun no confirmados científicamente, pero cuya posibilidad se puede evaluar a partir del conocimiento empírico y científico  [2] ».
La implementación de tal principio depende sin embargo de la apreciación de la noción de riesgo en una colectividad o sociedad dada. En la medida en que puede relacionarse con ambitos donde los intereses económicos y financieros son importantes, la implementación efectiva de ese principio por los poderes políticos es fuertemente influenciada por las presiones. Entonces, « existen dos interpretaciones : una, radical (defendida en general por las ONGs), exige la abstención simple y completa en caso que haya dudas. En su version « débil », se reduce a un mero procedimiento : la deliberación, el debate publico, la comparación en términos de costos y ventajas esperados de las medidas de protección evaluadas, etc.  [3] ».